PLUSVALÍA MUNICIPAL: CUÁNDO PUEDE RECLAMARSE
La plusvalía o impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana , es un impuesto de ámbito municipal que grava el aumento del valor de los terrenos urbanos que tiene lugar entre el momento en el que se adquieren y cuando se venden. Este impuesto, que se devenga en el momento en el que se produce la venta de un inmueble y lo abona el vendedor , se calcula aplicado un coeficiente determinado por los Ayuntamientos sobre el valor catastral, multiplicado por los años que hayan transcurrido ente la fecha de compra y de venta. Aunque en la práctica no se haya producido incremento alguno, hasta ahora el impuesto se devengaba igualmente, gravando de esta forma un aumento de valor ficticio, lo que en los últimos años ha dado lugar a numerosas situaciones en las que el vendedor ha tenido que pagar la plusvalía aunque haya vendido a un precio muy inferior al que compró. Esto hasta el pasado año 2017, cuando el Tribunal Constitucional en su Sentencia nº 59/2017, de