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Mostrando entradas de octubre, 2021

EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DECLARA INCONSTITUCIONAL EL IMPUESTO DE PLUSVALÍA

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El pasado martes 26 de octubre el pleno del Tribunal Constitucional declaró nulo el impuesto de plusvalía municipal , al declarar la inconstitucionalidad de los artículos 107.1 párrafo segundo, 107.2 a) y 107.4 del texto refundido de la ley de las Haciendas Locales. El impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, conocido comúnmente como plusvalía municipal, es el impuesto que se paga a los Ayuntamientos a la hora de vender o transmitir un inmueble, o recibir en donación o herencia. Con anterioridad, el mismo Tribunal ya había limitado su cobro únicamente a aquellas operaciones de venta que suponían pérdidas para el antiguo propietario. El fallo considera que son inconstitucionales y nulos determinados preceptos de la Ley reguladora de las haciendas locales (los citados artículos 107.1, segundo párrafo, 107.2.a y 107.4), que hacen referencia al cálculo de la base imponible. El Tribunal argumenta que la norma “establece un método objetivo de determina

CELEBRACION DE MATRIMONIOS ANTE NOTARIO

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Desde el pasado 30 de abril ya pueden celebrarse íntegramente los matrimonios ante Notario. Hasta entonces, si bien las Notarías ya podían celebrar matrimonios desde julio de 2015 con la aprobación de la Ley 15/2015 de la Jurisdicción Voluntaria, el preceptivo expediente previo a su celebración debía ser tramitado por el Registro Civil. Esto significa que ahora las Notarías podrán ofrecer a los ciudadanos el trámite matrimonial completo sin necesidad de tener que pasar por ninguna otra instancia u organismo. La referida Ley de la Jurisdicción Voluntaria ya contemplaba la tramitación del expediente o acta previa matrimonial por parte de las Notarías, si bien establecía una carencia de 3 años para su puesta en marcha, que ha ido prorrogándose hasta perfeccionar la vinculación digital entre el Registro Civil y las Notarías. El expediente de acta previa al matrimonio es una condición necesaria para celebrar el mismo. Su finalidad es comprobar que los contrayentes reúnen los requisi