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TODO SOBRE EL “CÁRTEL DE LOS COCHES”: CÓMO Y CUÁNTO SE PUEDE RECLAMAR

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El pasado mes de octubre el Tribunal Supremo confirmó las multas impuestas a los fabricantes de automóviles por la CNMC en su resolución de 23 de Julio de 2015, por una infracción de los artículos 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) y 1 de la Ley de Defensa de la Competencia (LDC) al apreciar la existencia de un “cártel de intercambio de información confidencial, futura y estratégica en las áreas de gestión empresarial, postventa y marketing” . Las actuaciones infractoras, cuyas sanciones superan en total los 129 millones de euros, consistieron en el “intercambio de información confidencial comercialmente sensible, actual y futura, altamente desagregada. Los intercambios de información eran parte de un acuerdo complejo, que subsume múltiples acuerdos de intercambio de información, en ejecución de un plan preconcebido , aprovechando idéntica ocasión generada por foros específicos de comercialización y posventa, utilizando métodos y sistemas de seguimiento con